La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la multa de 90 euros que un juzgado de lo penal impuso a un joven que agredió a otro en Yecla al enterarse de que este había telefoneado a su novia, aunque mantiene que deberá indemnizarlo con 630 euros.

Afirma la sala que la revocación parcial de la sentencia se debe a la reforma sobre las faltas introducida en el Código Penal que entró en vigor en 2015.

El juez declaró probado que los hechos ocurrieron en abril de 2011, cuando el acusado se dirigió a una empresa yeclana para pedir al luego denunciante explicaciones sobre esa llamada, se inició una discusión en la que el primero propinó al otro un puñetazo que lo hizo caer al suelo, donde continuó atacándolo.

La sentencia absolvió al denunciante, que fue juzgado por un delito de lesiones.