La Fiscalía considera que la publicación de un tuit reenviando un chiste grosero, «por muy ofensivo que pueda resultar», no puede ser castigada con la misma pena que el enaltecimiento público del terrorismo y la humillación a las víctimas.

Es la reflexión que la Fiscalía hace en la Memoria del año pasado, hecha pública ayer, al analizar los delitos de odio, donde establece una diferencia entre la humillación y el menosprecio a las víctimas, «que son cometidos por la condición del sujeto pasivo», y la publicación de mensajes con «chistes groseros».

La Fiscalía advierte de que «en la Audiencia Nacional se han dictado diversas sentencias y resoluciones, en ocasiones contradictorias, en aplicación del artículo 578 del Código Penal», que castiga con hasta tres años de cárcel el enaltecimiento del terrorismo.

Una de ellas fue la de Cassandra Vera, la tuitera murciana que fue condenada a un año de prisión y siete de inhabilitación por mofarse del asesinato de Carrero Blanco.