Los ciudadanos de la Región pueden seguir solicitando hasta el próximo 1 de septiembre las ayudas al alquiler, convocadas con 4,5 millones de euros por el Gobierno regional, en virtud de una Orden de la Consejería de Presidencia que publica hoy el Boletín Oficial de la Región de Murcia, por la que se amplía el plazo inicial, que finalizaba el próximo lunes, 21 de agosto.

El consejero de Presidencia y Fomento, Pedro Rivera, ha manifestado que "nuestro propósito es facilitar a los interesados la presentación de solicitudes, de modo que las familias murcianas, los jóvenes y las personas con escasos recursos económicos soliciten estas ayudas, que suponen una significativa aportación de 200 euros para el pago mensual del alquiler y que se concede durante 12 meses", según informaron fuentes del Gobierno regional en un comunicado.

Así, las subvenciones "pueden llegar a suponer el pago de hasta un 40 por ciento del precio total del alquiler durante un año, con un máximo de 2.400 euros anuales", remarcó el consejero Pedro Rivera, quien destacó el "compromiso absoluto" del Gobierno regional con las familias con más necesitadas. "Es la convocatoria de ayudas más importante de las que de este tipo se han concedido en la Región, y supone un aumento del 80 por ciento con respecto a la última convocatoria de 2016, con un importe de 2,5 millones", afirmó Rivera.

El consejero ha añadido que "son las ayudas con un carácter más social del Plan de Vivienda, y se da prioridad a aquellas personas que tienen más dificultades para afrontar los pagos habituales", dando un trato preferente a familias numerosas, personas afectadas por desahucios, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo.

Podrán ser beneficiarios las personas con ingresos superiores a 0,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM (actualmente 7.519 euros al año) y un límite de ingresos inferior a tres veces el IPREM, modulable según el número de miembros y composición de la unidad de convivencia.

REQUISITOS PARA OBTENER LAS AYUDAS

Los destinatarios de estas ayudas tienen que ser titulares de un contrato de alquiler de una vivienda, con una duración de un año, y la misma deberá situarse en la Región y ser residencia habitual y permanente de la persona beneficiaria de la subvención. Para obtener la ayuda, el alquiler mensual de la vivienda no podrá superar la cuantía total de 500 euros.

Asimismo, deberá poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, mientras que en el caso de extranjeros no comunitarios deberán contar con residencia legal en España.

Las ayudas sólo subvencionarán las cantidades referentes a alquiler de vivienda, y no otros conceptos como garaje, trastero o gastos de comunidad, y se abonarán trimestralmente por un plazo de 12 meses.

SOLICITUDES

Los ciudadanos que deseen acceder a las ayudas deberán rellenar el modelo oficial de solicitud de subvención y presentarla firmada antes del 1 de septiembre, de forma presencial o en el registro electrónico único de la Comunidad Autónoma, utilizando el formulario de solicitud electrónica que estará disponible en la sede electrónica (sede.carm.es).

La solicitud deberá ir acompañada del contrato de alquiler de la vivienda, firmado por las partes contratantes; el certificado de empadronamiento de todas las personas que residen y conviven en la vivienda; nota simple del Registro de la Propiedad; y el IBAN de la cuenta bancaria del solicitante, entre otros documentos.