La Audiencia Provincial de Murcia no ha accedido a la petición hecha por una mujer que solicitó que sus hijos pudieran pernoctar un día de la semana con el padre porque ello supondría que estos perderían una hora de sueño, dada la distancia existente entre el domicilio paterno y el colegio.

La sentencia indica que la solicitud de que los menores pernoctaran un día de la semana con el peticionario "sería deseable, pero el interés superior de los niños lo impide".

Y añade que debido a la distancia que hay entre el domicilio del padre y el centro escolar, "los menores tendrían que levantarse una hora antes de lo necesario".

La Audiencia desestima así el recurso que el padre, con la impugnación de la madre, presentó contra la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia que estimó la demanda por divorcio presentada por ella y fijó las medidas correspondientes.

Entre estas figuraba que la patria potestad sería compartida por ambos progenitores, mientras que la guarda y custodia quedaba atribuida en exclusiva a la madre.

En cuanto al régimen de visitas, que ahora se mantiene, el juez determinó que el padre tendría consigo a los menores los fines de semana alternos.

En el recurso que este presentó en la Audiencia, reclamó una disminución de la cuantía de la pensión alimenticia, mientras que la madre planteó el tema de la pernocta de los niños entre semana con aquel, pero la Sala ha confirmado la sentencia apelada.