La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un cliente que resultó lesionado al pisar una cucaracha y resbalar en un céntrico comercio de la capital porque no tiene derecho a ser indemnizado, al no haberse demostrado la existencia de responsabilidad alguna por parte del propietario.

La sentencia señala que en el caso concurren una serie de circunstancias que abundan en la ausencia de responsabilidad extracontractual por parte del establecimiento.

Así, indica la sala, no se ha podido comprobar si la cucaracha estaba muerta cuando fue pisada por el cliente, lo que podía haber conducido a una posible falta de diligencia de los empleados en su retirada, o si estaba viva.

Además, indica que el piso del local -perteneciente este a la empresa O.E.- está a la misma altura que la acera de la calle, por lo que el insecto en cuestión pudo acceder al mismo "de forma súbita" en aquellos momentos, sin que los dependientes, por tanto, tuvieran tiempo suficiente para proceder a su captura y retirada del lugar para evitar percances como el ocurrido.

La sentencia confirma así la dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Murcia que, en septiembre de 2016, declaró que el suceso había que enmarcarlo dentro de los riesgos generales de la vida.

La Audiencia Provincial de Murcia concluye que no cabe otra solución que confirmar la sentencia absolutoria al no existir pruebas de la posible falta de diligencia en la limpieza del establecimiento.