La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que una mujer presentó contra la sentencia de un Juzgado que le denegó la prestación de maternidad porque al darse de alta en el régimen de autónomos ocultó que se encontraba en la semana 25 de embarazo.

La sentencia del Juzgado de lo Social de Murcia, confirmada ahora por el TSJ, declaró probado que la demandante causó alta en el citado régimen con efectos de 1 de abril de 2014 y para ejercer la actividad de servicios técnicos de ingeniería, cuando se encontraba en la semana 25 de gestación.

Al mismo tiempo, concertó con una mutua de accidentes y enfermedades profesionales el riesgo derivado tanto de contingencias comunes como profesionales.

En mayo del mismo año presentó su solicitud de riesgo por embarazo, que fue desestimada por la mutua al negarle la prestación reclamada.

La resolución fue respaldada por la sentencia de un Juzgado de lo Social de Murcia, que absolvió al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y a la mutua.

Ahora, la Sala de lo Social ha desestimado su recurso en una sentencia en la que se indica que lo hace "porque está probado el fraude".

Así, comenta que la demandante se dio de alta en el régimen de autónomos cuando estaba en la semana 25 de embarazo, "siendo desde la semana 22 cuando no podía ya visitar obras, como ingeniera técnico industrial, sin que la mutua supiese tal circunstancia".

Y añade que la apelante "tampoco ha probado que, efectivamente, hubiese realizado la actividad para la que se había dado de alta".