Quienes confiaran en que el caso Auditorio se iba a cerrar, en un sentido o en otro (sobreseimiento o apertura de juicio oral), antes del próximo 27 de marzo, fecha en la que finaliza el plazo otorgado por Ciudadanos al presidente Pedro Antonio Sánchez para que ponga solución a la crisis, estaban totalmente equivocados.

El magistrado del TSJ encargado de instruir este procedimiento, Julián Pérez-Templado, ha dictado una providencia por la que cita para ese día, a las diez y media de la mañana, a los arquitectos que han elaborado informes exculpatorios del jefe del Ejecutivo regional, aportados por la defensa de Pedro Antonio Sánchez a la causa, para que se ratifiquen en el contenido de los mismos. Se trata de los arquitectos Antonio García Herrero, que fue decano del Colegio de Murcia, además de Mariano Alegría Pellicer y Salvador Aledo Guerao. Para la comparecencia de estos técnicos se ha convocado también al Ministerio Fiscal. Asimismo, da la oportunidad el juez a los letrados personados en las actuaciones (más de una veintena, entre defensas y acusaciones particulares) para que «con la antelación suficiente, puedan presentar pliegos de preguntas que deseen formular en el acto señalado».

Así, aunque el magistrado del TSJ avanza rápido en la instrucción y en esta última providencia recuerda los nuevos plazos que la Ley de Enjuiciamiento Criminal da para la instrucción de causas, la resolución del caso Auditorio, en un sentido o en otro, no parece inminente. Y hasta que no haya un pronunciamiento, el presidente regional va a seguir en su posición actual, pues no se considera «formalmente imputado» hasta que no se abra juicio oral. No va a dimitir ni va a convocar elecciones antes del 27 de marzo, fecha en la que expira el plazo que le dio Ciudadanos, que tendrá que decidir a partir de ese día si se unen a los partidos de izquierdas, PSOE y Podemos, para presentar una moción de censura.

El informe pericial de Antonio García Herrero sostiene en el informe presentado a la causa, por petición de la defensa de Pedro Antonio Sánchez, que «todos los fondos certificados se han empleado en la construcción de las obras existentes» y que «de acuerdo con los documentos y mediciones aportados, las partidas que integran el proyecto modificado del auditorio se ejecutaron». El ex decano del Colegio de Murcia recuerda que existe una sentencia del Juzgado de lo Contencioso de Murcia sobre el concurso de la redacción del proyecto, que respalda la legalidad de la adjudicación de las obras del Teatro Auditorio.

Esa resolución judicial, según el arquitecto Antonio García Herrero, «subraya respecto a las diferencias entre el anteproyecto original y el proyecto que ambos proyectos son diferentes e independientes; la ubicación, superficie y forma de la parcela destinada al proyecto son distintas, y las características arquitectónicas de ambos son diferentes».

El perito comenta también que «el acta de ocupación parcial» del edificio del auditorio, suscrita en mayo de 2011, demuestra qué espacio fue el que realmente ocupó el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras: pabellones de danza-música y exposiciones-congresos». Señala asimismo que el 20 de septiembre de 2011 se firmó el acta de recepción de la obra, en la que se señala que se trata del «proyecto técnico modificado número Uno de las obras Teatro-Auditorio Municipal de Puerto Lumbreras». A este respecto, el dictamen recalca que «la consideración que se hace de que las obras correspondientes se encuentran terminadas se refiere a las unidades incluidas en dicho proyecto modificado». Para el ex decano del Colegio de Arquitectos de Murcia, según indica en el informe que se tendrá que ratificar en presencia del juez, «es claro que tras la aprobación del proyecto modificado, la obra contratada pasa a ser aquella que contiene en detalle ese proyecto y, por tanto, deja de estar en vigor el proyecto inicial».