El auto del magistrado instructor del caso Auditorio, Julián Pérez-Templado, sembró confusión entre las partes nada ser notificado. Y es que el juez del TSJ, pese a que cita en los fundamentos de derecho los delitos que se incluían en la exposición razonada enviada por la juez de Lorca (prevaricación continuada, malversación de caudales públicos, fraude contra la administración y falsedad en documento público), solo cita el de «prevaricación administrativa» cuando acuerda llamar a declarar al presidente de la Comunidad para el 6 de marzo. «Incóense diligencias previas, registrándose en el libro de las de su clase para la averiguación de cuanto proceda en relación a la comisión de un posible delito de prevaricación administrativa», señala textualmente la resolución judicial. La nota del gabinete de comunicación del TSJ, remitida a los medios de comunicación a mediodía de ayer, sí hablaba de los cuatro delitos.

La redacción del auto descolocó tanto a la Fiscalía como a las partes de la acusación particular (PSOE y Podemos están personados en el caso), que consideran que se ha producido un error en la redacción de la resolución judicial. En cualquier caso, como el auto no es firme y está abierto a recursos en el plazo de tres días, las tres partes anunciaron que presentarán alegaciones.

En cambio, en el entorno de presidente regional, destacaron como positivo este hecho, dentro de su argumento de que el caso Auditorio es solo un procedimiento de tipo administrativo y que no se puede incluir en el marco de la corrupción política. Por tanto, el jefe del Ejecutivo no estaría incumpliendo el acuerdo de investidura con Ciudadanos.

Julián Pérez-Templado, un magistrado de acreditada solvencia y que llegó a ser presidente del TSJ, ya instruyó dos procedimientos anteriores contra Pedro Antonio Sánchez. El primero, cuando el PSOE le acusó de haber 'troceado' el contrato de la redacción del Plan General de Puerto Lumbreras para evitar sacarlo a concurso público y poder adjudicárselo a dedo a una determinada empresa. El juez concluyó que no había delito, pues ese era el procedimiento habitual de contratación que se encontró Pedro Antonio Sánchez cuando accedió a la alcaldía de Puerto Lumbreras en el año 2003.

También instruyó Pérez-Templado la acusación de cohecho contra el actual presidente por la compra de su vivienda en Puerto Lumbreras. «Este señor no ha cometido delito alguno», concluyó el juez, que también decretó el sobreseimiento definitivo de estas diligencias.

El auto de Pérez-Templado ordena también que se libre oficio al Juzgado de Instrucción Número 1 de Lorca para que remita «a la mayor urgencia posible copia de las actuaciones que se hayan realizado o estén previstas realizar en la pieza separada que tramita sobre los fondos de la subvención otorgada por la Consejería de Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al Ayuntamiento de Puerto Lumbreras relacionada con el Teatro-Auditorio».