La defensa del presidente de la Comunidad, Pedro Antonio Sánchez, ha presentado un escrito ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Murcia en el que reclama que se devuelvan las diligencias del caso Auditorio al Juzgado de Instrucción nº 1 de Lorca, a fin de que proceda a completar la instrucción del procedimiento.

Según fuentes cercanas al entorno del presidente regional, dicha solicitud se fundamenta de conformidad con la doctrina de la propia Sala de lo Civil y Penal del TSJ contenida en los autos dictados por la misma tanto en este como en otros procedimientos, así como en la doctrina del Tribunal Constitucional.

La defensa de Pedro Antonio Sánchez considera que los autos de 2 de marzo y 23 de marzo de 2015, que acordaban la remisión de la querella de la Fiscalía al juzgado de Lorca, decían que la intervención del TSJ es de carácter residual, tras la investigación del juez natural, de forma que es necesario agotar la instrucción antes de levar la exposición razonada.

Los abogados del jefe del Ejecutivo entienden que la instrucción no está terminada porque se solicitó que se aportase a las actuaciones el expediente municipal de liquidación de la obra del Teatro-Auditorio de Puerto Lumbreras, siendo denegado por el juzgado de Lorca, frente a lo que se interpuso recurso de apelación que se encuentra en tramitación y pendiente de resolver ante la Audiencia Provincial. «Parece imprescindible conocer qué obras se han ejecutado realmente, el importe de las mismas, la existencia de aval de la constructora y las consecuencias de todo ello antes de poder alegar la existencia de indicios de comisión de los delitos señalados en la exposición razonada», apunta la defensa.

Además, consideran los letrados que la exposición razonada incluye la posible comisión de los delitos de malversación de caudales públicos y fraude. Sin embargo, entienden que la instrucción de estos delitos está claramente sin realizar, algo que creen que acredita la propia juez cuando acuerda la apertura de una pieza separada para conocer el uso que se le dio a la subvención de seis millones de euros concedida por la Comunidad Autónoma al ayuntamiento de Puerto Lumbreras para realizar el edificio cultural. «Parece evidente que no se ha agotado la instrucción en este punto y la propia juez reconoce que todavía no se sabe quién puede resultar indiciariamente implicado en los mismos».

Creen los abogados del presidente que la exposición razonada «en ningún momento determina cuáles son los hechos concretos y específicos que se le atribuyen a Pedro Antonio Sánchez». Estiman que en ningún momento individualiza la conducta de PAS y no permite, por tanto, «la concreción de la imputación ni la conexidad de la causa entre la conducta del aforado y demás querellados». «Con ello se infringe no solo la propia doctrina del TSJ de Murcia y del Tribunal Supremos, sino también el artículo188 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece el derecho de ser informado de los hechos que se le atribuyen sin que sea suficiente una relación genérica».

En definitiva, el despacho de abogados que defiende al presidente de la Comunidad afirma que la exposición razonada remitida al TSJ por la juez de Lorca «carece de determinación en cuanto a los hechos concretos y específicos que se atribuyen a Pedro Antonio Sánchez», por lo que se solicita que, con independencia del escrito de alegaciones que en su día se haga sobre el fondo del asunto, se acuerde la devolución de las diligencias al Juzgado de Instrucción de Lorca para practicar la prueba solicitada, se realice la investigación sobre pieza separada abierta y se individualicen en la exposición razonada, de manera concreta y específica, los hechos que se le atribuyen indiciariamente a Pedro Antonio Sánchez, que fue alcalde de Puerto Lumbreras en los años en los que se procedió a la adjudicación, construcción y recepción de las obras del Teatro-Auditorio.