El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que la Empresa de Trabajo Temporal I.T. presentó contra la multa de 60.000 euros que le impuso el Gobierno de Murcia por pagar menos horas de las realmente realizadas por los trabajadores.

La sentencia señala que el hecho es especialmente grave por afectar a una multiplicidad de trabajadores, "generalmente inmigrantes y muchas veces con dificultad para la comprensión".

La Sala de lo Social confirma la sentencia del juzgado de lo social de Murcia al que correspondió el asunto, que rechazó la demanda presentada por la empresa contra la resolución dictada en abril de 2013 por la consejería entonces llamada de Educación, Formación y Empleo del gobierno murciano.

El juzgado declaró probado que en la nómina de mayo de 2011 había pagado 2.084 horas menos a los trabajadores, lo que fue descubierto al cruzar los datos de las facturas giradas a tres empresas usuarias y los manejados por la Tesorería General de la Seguridad Social.

Así, añadía la sentencia, "quedó constatado que la ETT abonaba a los trabajadores en sus nóminas menos horas trabajadas que las que facturaba a las empresas por ellos como salarios".

En su apelación, la sancionada pidió que se sustituyera la expresión de que había abonado menos horas que las realmente prestadas por otra en la que se afirmara "que no coincidían las horas que constaban en las facturas de la ETT a la empresa usuaria", sin ninguna valoración infractora.

Con ponencia del magistrado José Luis Alonso, la sala rechaza el recurso y dice que los hechos por los que fue sancionada la apelante están acreditados.

En cuanto a la consideración de que la multa podía ser desproporcionada, la considera ajustada a derecho al exponer que los hechos perjudicaban a muchos obreros y concluye que "si las horas abonadas eran menos que las que figuran como trabajadas, obviamente debemos hablar de impago de salarios".

Finalmente, la sentencia acuerda condenar en costas a la ETT, que deberá abonar 300 euros en ese concepto al letrado de la comunidad autónoma