Unos 18.300 empleados públicos de la Región que trabajan en las tres administraciones como interinos tendrán derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado en el momento de su cese, una vez que el Gobierno español traslade a la legislación nacional varias sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea notificadas en las últimas semanas. El Tribunal, que ha considerado discriminatorio el trato ofrecido por la legislación española al personal interino, tal y como informó ayer LA OPINIÓN, establece la misma indemnización por año trabajado para los trabajadores eventuales de la Administración que para los fijos y pone patas arriba el sistema de contratación público. Además, impedirá a las instituciones seguir haciendo contratos encadenados a un mismo trabajador si ocupa una plaza vacante. Comisiones Obreras ya ha anunciado que «promoverá las acciones judiciales necesarias para asegurar el pago de las diferencias económicas a la totalidad de trabajadores temporales que han visto extinguido su contrato en el último año».

De momento existe una gran controversia a la hora de valorar si los fallos judiciales del Tribunal de Luxemburgo obligan a equiparar también las indemnizaciones de los trabajadores temporales de las empresas privadas, establecidas en 12 días por año trabajado, con la de los indefinidos, lo que supondría elevarlas a 20 días por año.

La Comunidad Autónoma, la Administración del Estado y los ayuntamientos emplean en la Región a 85.300 personas. Según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), entre las tres administraciones suman 18.300 trabajadores con contrato laboral, que a partir de ahora tendrán derecho a recibir una indemnización de 20 días por año trabajado en el momento de su cese.

El fallo judicial tendrá un gran impacto económico en las instituciones públicas, sobre todo en la sanidad y en la educación, dado que en estos sectores existe una mayor rotación en la incorporación de interinos, que a partir de ahora deberán ser indemnizados al dejar el puesto. Puede modificar incluso el sistema de provisión de plazas en la enseñanza al inicio de cada curso escolar, obligando a adjudicar las vacantes a los interinos hasta que sean ocupadas por un funcionario de carrera, de igual forma que ocurre en cualquier servicio de la Administración.

Las dos sentencias más significativos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictadas este mes se han producido a raíz de las denuncias presentadas por una enfermera española, que demandó al Servicio Madrileño de Salud por utilizar lo que ella consideraba «fraude de ley», y de una trabajadora interina del ministerio de Defensa que fue despedida con los recortes de plantilla del año 2012, después de haber sustituido a un liberado sindical desde el año 2003.

La Federación de Enseñanza de CC OO ya ha anunciado que «como sindicato más representativo, promoverá las acciones judiciales necesarias para asegurar el pago de las diferencias económicas a la totalidad de trabajadores y trabajadoras temporales que han visto extinguido su contrato en el último año». El sindicato entiende que el fallo debe aplicarse «a todos los contratos temporales que se han suscrito y que están vigentes o que se celebren en el futuro. Pero también comprende a todos los contratos temporales que se han extinguido con anterioridad a la fecha de la sentencia, con el único límite de que no haya transcurrido un año desde que tuvo lugar dicha extinción», explica CC OO.

Para el sindicato «el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que la legislación laboral española discrimina a casi cuatro millones de trabajadores temporales».

Por su parte, el secretario general de UGT, Antonio Jiménez, apuntó que es preciso estudiar detenidamente las sentencias dictadas por el Tribunal de Luxemburgo, aunque da por hecho que confiere a los trabajadores con contrato temporal el derecho a cobrar «una indemnización de 20 días por año trabajado o la parte proporcional, ya que esa es la cantidad correspondiente al despido por causas objetivas en los contratos indefinidos». Según sus estimaciones, en la Región hay entre un 33% y un 35% de temporalidad, lo que supone que si la sentencia se aplicara a todos los eventuales de las empresas privadas, pasarían a tener 20 días de indemnización por año trabajado unos 150.000 ocupados de los 450.000 asalariados que cotizan en la Región.

El impacto del fallo del Tribunal con sede en Luxemburgo también ha obligado al Gobierno en funciones a estudiar su repercusión en la legislación española, dado que puede exigir incluso una reforma del Estatuto de los Trabajadores. Durante la jornada de ayer pudieron escucharse opiniones contradictorias, ante el elevado número de contratos existente, y debates sobre la viabilidad del contrato único.

El secretario de Estado de Empleo en funciones, Juan Pablo Riesgo, apuntó que, inicialmente, esta sentencia, « tiene efectos jurídicos esencialmente sobre las cuestiones y casos concretos sobre los que se ha planteado la cuestión prejudicial al Tribunal Europeo», es decir, los trabajadores de Defensa y de la sanidad de Madrid.