El arruí sigue siendo una especie cinegética esta temporada de caza 2016/2017 y el coto del parque de Sierra Espuña también sigue vigente.

La consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente publicó ayer en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), la Orden sobre periodos hábiles de caza mayor y menor y en ella aún no se hace eco de la sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de marzo sobre especies exóticas invasoras.

En ella, el Alto tribunal eliminaba el 'indulto' que había permitido al arruí ser un ejemplar cinegético durante años, pese a estar dentro del catálogo de especies exóticas invasoras. Su destino tenía que haber sido la extinción pura y dura, sin posibilidad de formar parte de la actividad cinegética.

Sin embargo, el hecho de que el ministerio de Agricultura no haya publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la sentencia del Supremo -tribunal que, además, rechazó hace dos semanas el recurso del Gobierno contra su fallo-, permite a la Consejería contentar, aunque sea temporalmente, a los cazadores. El arruí es una especie muy apreciada y cotizada en las cacerías por su gran cornamenta.

Prácticas rechazables

Los ecologistas han criticado la tardanza del Ministerio en publicar la sentencia; mientras que rechazaron tajantemente que la orden de la Consejería permita las rondas de caza nocturnas, la captura de conejos en cauces públicos, y la batida de la tórtola europea, «que empieza a verse poco y no creemos que tarde mucho en estar protegida», entre otras.

«La ronda nocturna tiene cada vez más adeptos entre los cazadores pero es un sistema especialmente cruel y sanguinario, al que no le vemos ni un punto de deporte», subrayaron desde Ecologistas en Acción. En cuanto al descaste de conejos en aguas públicas, sus cauces y márgenes, los ecologistas advirtieron que puede afectar a la cría de algunas aves acuáticas, «ya que algunas especies están en segundas puestas».