La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha declarado que un peón de albañil que como consecuencia de un accidente de trabajo sufrió el acortamiento de una de sus piernas en casi cuatro centímetros tiene derecho a ser declarado en situación de incapacidad permanente, ya que el alza que se pone en el zapato no corrige del todo esa deficiencia. Tras el accidente de trabajo, a este obrero, de 50 años de edad, se le reconoció la incapacidad permanente total para su profesión habitual, reconociéndosele el derecho a percibir una prestación mensual.