La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha rebajado de total a parcial la incapacidad que le fue reconocida a un trabajador al perder tres dedos en un accidente laboral porque eran de la mano izquierda y él es diestro y, en consecuencia, la incidencia en su actividad habitual es menor.

La sentencia indica que el Juzgado de lo Social de Murcia al que correspondió el asunto en primera instancia declaró probado que el accidente se produjo en la fábrica de pimentón en la que trabajaba, cuando procedía a desatascar un molino y quedó su mano izquierda atrapada en el mismo.

El percance le supuso la amputación de las falanges medias de los dedos segundo, tercero y cuarto, por lo que estuvo de baja desde el 23 de marzo de 2011 hasta el 27 de junio del mismo año, en que recibió el alta.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) declaró al trabajador en situación de invalidez permanente total para su profesión habitual, con derecho a percibir una pensión en cuantía del 55 por ciento de su base reguladora, decisión que fue respaldada por el Juzgado de lo Social al desestimar el recurso planteado por la empresa.

Esta última apeló la sentencia ante la Sala de lo Social del TSJ a través de un recurso que ha sido estimado parcialmente al declarar que su empleado está en situación de incapacidad permanente parcial, con derecho a percibir 35.800 euros que, por subrogación de la empresa, deberá abonar la mutua Ibermutuamur.

Dice la Sala que se ha acreditado que este trabajador está impedido en no menos del 33 por ciento para el rendimiento de su profesión habitual, pero añade que no se encuentra en situación de incapacidad permanente total, "básicamente, porque es diestro, y las amputaciones se practicaron en la mano izquierda, que no ha perdido toda su funcionalidad".