La Sala de los Contencioso ha desestimado el recurso de un narcotraficante contra la orden de expulsión acordada por la Delegación del Gobierno por haber sido condenado por el Tribunal Supremo a 7 años y medio de cárcel por un delito contra la salud pública.

La sentencia confirma la de un juzgado de Murcia que en primera instancia respaldó la medida gubernativa, que incluye además la prohibición de volver a España hasta dentro de cinco años.

En su recurso, el condenado alegó que la medida era desproporcionada, por su condición de residente de larga duración, pero el TSJ afirma que, a pesar de ello, «el recurrente podía ser objeto de expulsión, porque su comportamiento constituye una amenaza real para la seguridad pública».