La Audiencia de Murcia ha anulado la pena de 50 días de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta a una mujer como autora de un delito de maltrato en el ámbito familiar porque el mordisco que propinó al hombre que había sido su pareja no suponía un acto de dominación.

La sentencia acuerda revocar la sentencia dictada por un Juzgado de lo Penal de Murcia y sustituye aquella condena por el pago de una multa de sesenta euros por una falta de maltrato de obra.

El Juzgado declaró probado que el incidente se produjo en junio de 2015 en una zona de ocio de la capital murciana, cuando se inició una discusión entre la acusada y el denunciante, al que había estado unida durante dos años y cuya relación había acabado.