El TSJ ha desestimado por caducidad una demanda presentada por la dirección general de Relaciones Laborales contra una empresa al considerar que había cometido fraude de ley en un expediente de regulación de empleo (ERE).

La sentencia indica que en abril de 2012 la empresa comunicó a la autoridad laboral su decisión de aplicar un ERE que incluiría la suspensión de 16 contratos. Apenas cinco días después, notificó su renuncia a hacerla efectiva, si bien mantenía su propósito de reducir la jornada de un trabajador en un 50%.

En mayo de ese mismo año, la entonces llamada dirección general de Trabajo solicitó un informe sobre el caso a la inspección laboral, que hizo constar que apreciaba indicios de fraude de ley y abuso de derecho, entre otras consideraciones. En concreto, señalaba que la reducción de jornada del trabajador no estaba justificada porque se había procedido a contratar a otro para las mismas tareas.

Ahora, el TSJ ha desestimado la demanda en una sentencia en la que se afirma que cuando fue planteada la acción ya había caducado.