La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia ha confirmado la sentencia de un Juzgado que, en junio de 2014, rechazó la demanda presentada por un empleado del servicio de recogida de basuras que había solicitado la declaración de incapacidad absoluta para todo trabajo. La sentencia señala que no es posible acceder a lo solicitado porque las patologías alegadas por el demandante en su reclamación no le impiden realizar tareas livianas o sedentarias. El Juzgado de lo Social declaró probado que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconoció la incapacidad permanente total para su profesión habitual, por presentar problemas renales y pulmonares.