­La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha dado la razón a un parado y ha declarado que tiene derecho a percibir 4.677 euros correspondientes al desempleo porque aunque estuvo fuera de España un tiempo, este fue inferior a noventa días.

La sentencia estima así el recurso que el apelante presentó contra otra, dictada por un Juzgado de lo Social de la ciudad de Cartagena, que rechazó su demanda y absolvió al Servicio Público de Empleo Estatal.

La sentencia que ahora se revoca declaró probado que el demandante solicitó la prestación por desempleo el 17 de junio de 2012, saliendo ese mismo día de España, regresando el 29 de julio del mismo año.