Un paciente que no fue informado debidamente sobre los riesgos de una operación, debida a la lesión medular que padecía y que precisó de otras dos intervenciones quirúrgicas, tendrá que ser indemnizado con 10.000 euros, según se dispone en una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ).

La sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJ, estima solo en parte su demanda, ya que había reclamado una indemnización cercana al millón de euros al considerar que las graves secuelas que padece, por las que ha quedado en situación de grave invalidez, son consecuencia de una deficiente atención médica.

El tribunal ha rechazado esa relación de causalidad establecida en la demanda y comenta que la médico forense que estudió el caso no encontró una mala praxis en la intervención quirúrgica a la que fue sometido, ya que la misma era necesaria para tratar de corregir su lesión medular.

Y añade que "no se ha acreditado que la lesión guarde relación con una mala praxis, ni con un desplazamiento del injerto que se le hizo, ni con el hematoma epidural que apareció, pudiendo entender que el daño se produjo por las propias circunstancias que ya presentaba el paciente".

En cuanto al consentimiento informado, la Sala sí considera que el demandante debe ser indemnizado porque "aunque existen ciertos indicios de que se produjo alguna información verbal, lo cierto es que no queda del todo claro su alcance; sobre todo, en relación con los riesgos concretos de las intervenciones, y no olvidemos que la primera era programada".