El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) da por buena la cancelación del contrato de Corvera aprobada por el Consejo de Gobierno el 16 de septiembre de 2013 y confirmada definitivamente el pasado diciembre.

La Sala de lo Contencioso ha rechazado el recurso interpuesto por Aeromur

La Sala de lo Contencioso ha rechazado el recurso interpuesto por Aeromur, la sociedad liderada por Sacyr que obtuvo la concesión para construir y explotar Corvera en 2007, lo que «despeja el camino» para volver a sacar el aeropuerto a concurso, según dijo ayer el presidente del Ejecutivo regional, Pedro Antonio Sánchez.

«El Gobierno no es rehén de nadie», declaró Sánchez en referencia a Aeromur, que ha puesto casi una decena de pleitos contra la Comunidad Autónoma. El fallo judicial da mayores garantías a las empresas que puedan estar interesadas en pujar por la concesión, aunque todavía cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

Pedro Antonio Sánchez comparecía ayer tarde en el patio del palacio de San Esteban acompañado por el consejero de Fomento, Francisco Bernabé, y por la portavoz del Gobierno, Noelia Arroyo, para mostrar su satisfacción por un fallo judicial que le permite empezar a hacer cuentas para liquidar el contrato con Aeromur tres años y nueve meses después de la terminación del aeropuerto, cerrado desde enero de 2012. No descartó que en la liquidación se exijan compensaciones por los perjuicios que ha originado el retraso en la apertura de Corvera. Técnicos de las consejerías de Fomento y de Hacienda están haciendo los cálculos para determinar las cantidades que deben contabilizarse en el finiquito.

Aunque sea cual sea la propuesta de la Comunidad acabará previsiblemente en los tribunales, tal y como ha venido ocurriendo con cada paso que ha ido dando el Ejecutivo, Pedro Antonio Sánchez dejó claro ayer que la sentencia deja las manos libres al Gobierno para convocar un nuevo concurso con unas garantías que no existían hasta ahora. «Despeja cualquier atisbo de duda en cuanto a la idoneidad de la hoja de ruta que estamos siguiendo», aseguró. Recordó los estudios que otorgan al aeropuerto la capacidad para generar «4.000 empleos por cada millón de viajeros que reciba» y se mostró convencido de que la apertura de Corvera permitirá disponer de «un eje dinamizador de la economía regional de primer nivel». Destacó «la importancia de esta infraestructura por su doble vertiente: el tráfico de pasajeros, que va a permitir potenciar y desarrollar el turismo y el transporte de mercancías, impulsando la salida de los productos agrarios».

Aunque el TSJ da la razón a la Comunidad, el recurso interpuesto por Aeromur no entra en dilucidar cuándo podrá recibir el Gobierno las llaves del aeropuerto, que se juzga en una pieza separada. Tras la ruptura entre el Ejecutivo y la empresa Sacyr, accionista mayoritaria de Aeromur, la Comunidad exigió la entrega de las instalaciones, pero la exconcesionaria recurrió a los jueces, que optaron por encomendarle el mantenimiento y la custodia del aeropuerto hasta que se resolviera definitivamente el litigio.

El Ejecutivo da por hecho que la entrega de las llaves tendrá que resolverse también en la Sala de lo Contencioso, una vez que se establezcan las cifras de la liquidación, en la que tendrá que contemplarse quién paga los gastos que ha originado el mantenimiento durante estos dos años. También entrará la factura de los permisos solicitados y de los vuelos de calibración realizados cuando el Gobierno y Aeromur suspendieron sus litigios y trataron de conseguir la autorización de Bruselas para otorgar un crédito participativo a la compañía que cubriera las pérdidas de los primeros años de explotación. En el otro lado de la balanza se sitúan los intereses del aval de 182 millones ejecutado en diciembre de 2013, que cuesta 22.000 euros diarios a la Comunidad, y los perjuicios causados por el retraso.

El TSJ recuerda que Corvera debió entregarse el 28 de enero de 2012, pero la fecha se aplazó al 28 de julio tras varios requerimientos. Aunque este compromiso también se incumplió, «no se inició el correspondiente procedimiento para la resolución del contrato». No obstante, para la Sala «resulta inadmisible un requerimiento sin plazo, pues equivale a dejar a la voluntad de uno de los contratantes el cumplimiento», por lo que ha impuesto las costas a Aeromur