La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Instrucción de Cartagena que absolvió a un hombre acusado de una falta de injurias por llamar "gorda" y "marrana" a la que había sido su pareja.

La sentencia indica que en aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, la resolución del Juzgado debe ser confirmada al no ser arbitraria o irracional.

El tribunal desestima así el recurso presentado por la denunciante, que reiteró su solicitud de condena al considerar que los hechos habían

quedado demostrados en el juicio.

El Juzgado de Instrucción recogió en la sentencia que ahora se ve ratificada que la denuncia recogía que el acusado solía acudir al establecimiento donde trabaja la que había sido su pareja para lanzarle palabras ofensivas.

La sentencia fue absolutoria al considerar el juez que los hechos denunciados, que el acusado negó, no quedaron demostrados en el acto del juicio.