El Tribunal Supremo (TS) ha corregido a la Audiencia Provincial de Murcia, que rectificó la sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Totana en un pleito relacionado con la venta de dos viviendas por la empresa Polaris World Real Estate, S.L.

La sentencia del Alto Tribunal indica que los compradores del piso presentaron una demanda contra la empresa, en julio de 2009, para que se declarara resuelto los contratos de compraventa por incumplimiento de la demandada y que, en consecuencia, esta fuese condenada a la devolución del dinero recibido, que se elevaba a 132.000 euros.

La sentencia estimó parcialmente la demanda y declaró resueltos los contratos de compraventa de ambas viviendas, pero apelada la misma ante la Audiencia Provincial de Murcia, este segundo tribunal la modificó para incluir en la condena el pago a los demandantes de 66.170 euros, la mitad de la suma reclamada.

Ahora, el TS, al resolver el recurso de casación entablado por Polaris, dice que la Audiencia concedió la mitad del dinero reclamado en base a la moderación, teniendo en cuenta el cumplimiento parcial del contrato por los adquirentes y los incumplimientos no esenciales de la parte

vendedora.

Pero el Alto Tribunal comenta que "acordada por el Juzgado la resolución de los contratos por incumplimiento de los compradores y no de la promotora-vendedora, confirmado tan pronunciamiento por la Audiencia y no impugnado ante este Tribunal Supremo por los compradores, la

única solución procedente es dejar sin efecto la moderación acordada por la sentencia recurrida".

En consecuencia, desestima el recurso de apelación presentado por los compradores, por lo que la sentencia del Juzgado de Totana queda confirmada íntegramente.