Una empresa de electrónica deberá abonar un recargo del 30% en las prestaciones por el accidente que sufrió uno de sus trabajadores cuando procedía a localizar una fuga del aire acondicionado, según lo dispone la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ).
Según se recogía en la sentencia que ahora queda confirmada por la Sala de lo Social del TSJ, el percance se produjo cuando dentro de esa actividad el trabajador introdujo en el sistema una carga de nitrógeno, produciéndose la explosión del compresor, sufriendo la fractura de una pierna.
La Inspección de Trabajo determinó que el suceso tuvo su origen en la falta de medidas de seguridad porque la botella de gas carecía de un manorreductor para regular la presión.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social acordó aplicar a la empresa un recargo del 30% sobre las prestaciones económicas, lo que ahora se ve confirmado por el TSJ.
En su recurso, la empresa alegó que el accidente se debió, exclusivamente, «a la grave negligencia del trabajador, que, tras finalizar la introducción del nitrógeno en el equipo de aire acondicionado, no cerró la bombona ni tampoco impidió que el gas siguiera introduciéndose en el compresor, que, finalmente, estalló al no cerrar el manorreductor».
El Tribunal Superior de Justicia no ha estimado las alegaciones de la empresa recogidas en la apelación al señalar que las mismas «no están acreditadas».