El alcalde de TorrePacheco insiste en que no ha hecho nada malo, y dice que ahora se va, pero que "es un hasta luego".

García Madrid, condenado por prevaricar, dice que se siente "como el protagonista de 'El proceso', de Kafka".

El hasta ahora alcalde comparece ahora con los otros dos ediles condenados, José Saura y Santiago Meroño. Los tres dejan sus cargos.

Daniel García Madrid, alcalde de Torre Pacheco, del PP, cometió un delito continuado de prevaricación al adjudicar a un mismo empresario 26 proyectos municipales por valor total de 776.522 euros sin seguir los trámites previstos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Así lo estima la Sección Quinta de la Audiencia Provincial, con sede en Cartagena, quien condenó ayer al regidor y a los concejales José Saura y Santiago Meroño, a diez años de inhabilitación para empleo o cargo público, «con privación definitiva de los cargos de alcalde y concejal, así como de los honores que les sean anejos», señala la sentencia, que también condena al interventor y exalcalde de Fuente Álamo Miguel Pérez y al empresario Francisco Cavas, beneficiario de los contratos.

El fallo judicial se puede todavía recurrir en el Tribunal Supremo, pero supone prácticamente una política a Daniel García Madrid, cuya defensa ejerce José Pardo-Geijo y quien llegó a estar un mes en prisión por otra causa judicial distinta por la que todavía no ha sido juzgado. En anteriores condenas a políticos no se incluía la expresión «privación definitiva del cargo de alcalde». Es, junto a Matías Carrillo (Fortuna) e Isabel Toledo (Pliego) el tercer alcalde del PP al que inhabilitan los tribunales en la presente legislatura.

El tribunal, presidido por el magistrado José Luis García Fernández, declara como hechos probados que Daniel García Madrid y los ediles José Saura y Santiago Meroño procedieron, durante los años 2005, 2006 y 2007, a efectuar adjudicaciones de 26 proyectos municipales de arquitectura a la mercantil Pixel Arquitectura, dirigida por Francisco Cavas, «efectuándose dichas adjudicaciones de forma verbal, dejando luego constancia escrita mediante hoja de encargo profesional, y ello, sin establecer precio alguno en dichos encargos escritos o verbales, ni tramitar expediente escrito ninguno, prescindiendo en todo momento de los trámites previstos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas».

La sentencia establece que los acusados, en lugar de emplear algunas de las modalidades previstas en la ley (concurso público, procedimiento restringido o procedimiento negociado), «procedían a adjudicar los proyectos al referido arquitecto, dejando como única constancia documental la emisión de facturas que elaboraba este último (...), evitando la posible concurrencia de otras empresas y profesionales».

Los proyectos adjudicados a Pixel Arquitectura fueron los de las tres fases del polideportivo de Dolores de Pacheco, un frontón municipal (dos contratos), un velódromo, una pista de atletismo (dos contratos), un campo de fútbol, el Centro de Educación Musical, el Centro Integral de Seguridad, el Centro de Artes Escénicas (cinco contratos), el Centro de Desarrollo Local y el Plan Estratégico Itineris (cuatro fases). El importe total de los 26 proyectos suma 776.522 euros.

Así, la sentencia dice que «no estamos ante un único contrato o adjudicación en el que se haya vulnerado la legalidad. Se trata de 26 proyectos los que en un periodo aproximado de dos años se adjudicaron al señor Cavas, en lógico detrimento del resto de empresas». El tribunal apunta que «el porcentaje de proyectos adjudicados al citado arquitecto (Cavas) supuso un 70% de los contratos de importe superior a los 12.020 euros y un 42% de los inferiores a dicha cifra.. Ningún otro arquitecto se aproxima, ni de lejos, a la cantidad cobrada por el señor Cavas».

El fallo rechaza los argumentos de defensa empleados por García Madrid, asistido por Pardo-Geijo, en el sentido de que esta práctica era habitual en el Ayuntamiento desde tiempos inmemoriales. Concluye que los acusados actuaron «a sabiendas», condición imprescindible para que una condena por prevaricación.