La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia del Juzgado de Familia que acordó la custodia compartida de una hija porque la enfermedad mental que padece la madre no tiene entidad suficiente para asignarla en exclusiva al padre.

La sentencia desestima así el recurso que este último presentó contra la resolución judicial, que, en diciembre de 2013, acordó la atribución de la custodia compartida. La Audiencia indica que el apelante expuso en su recurso que esa modificación no era aconsejable, en bien de la menor, ya que su exesposa y madre de ésta padece una epilepsia y un trastorno bipolar, además de «un carácter agresivo y de haber protagonizado episodios de violencia».

Frente a esa argumentación, la sala indica que de las pruebas aportadas al caso se deduce «que no padece trastorno bipolar de ningún tipo, sino que lo que tiene es un trastorno depresivo recurrente, del que desde hace tres años está totalmente asintomática, con tratamiento psiquiátrico y psicoterapéutico de mantenimiento».