La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 10, que en febrero de 2011 condenó a la empresa constructora Murprisa a devolver los 22.000 euros entregados por el comprador de un piso, a quien seis años después del contrato no le había sido entregado.

La sentencia desestima el recurso que la empresa presentó contra la resolución judicial que dio la razón al cliente, y la condena además al pago de las costas.

El tribunal ratifica la sentencia que declaró resuelto el contrato de compraventa de la vivienda, ubicada en la pedanía murciana de Zarandona, y que fue firmado por las partes en abril de 2006.

Además, condena a la empresa a devolver los 22.000 euros recibidos, cantidad a la que habrá que sumar los intereses legales.

La sala considera que los argumentos expuestos por la condenada en un intento de justificar la demora en la entrega de la vivienda, como el retraso en la obtención de un préstamo o la inundación del solar, no son suficientes.

"La inundación -dice el tribunal- justificaría una ampliación de dos meses, tiempo que la demandada asegura que estuvieron paralizadas las obras, pero no una extensión hasta la actualidad, en la que han transcurrido ya seis años desde el contrato de compraventa".