HELENA MARTÍNEZ
El pasado mes de junio se aprobó el Proyecto de Ley que regula los derechos de la persona en el proceso final de la vida. Esta ley pretende aclarar la situación de los pacientes en fase terminal y las obligaciones del personal sanitario. Conocida ya como la ley de la muerte digna, reconoce el derecho de los pacientes a decidir sobre su tratamiento e incluso a renunciar a él, aunque ello suponga acelerar su muerte.
El paciente tiene derecho a la sedación y a estar acompañado en la fase final. En caso de contradicción entre su voluntad y la de su representante, siempre prevalecerá la del enfermo. El debate está servido.
Este proyecto de ley está siendo alabado por los profesionales sanitarios, pero también criticado por otros sectores del gobierno y la Iglesia.
Sí, el personal sanitario venía pidiendo algo así desde hace mucho tiempo. Es lógico que los sectores más conservadores tengan quejas por algunos puntos como el de permitir la sedación de los pacientes.
Precisamente el artículo 11 regula el derecho del paciente a la sedación, ¿podrían darse casos de eutanasia encubierta?
En los centros sanitarios públicos y privados con los que contamos no, pero puede haber un problema con centros que se dediquen a la mercantilización con este tema. Es posible que alguien que sitúa su listón ético mucho más abajo encuentre un nicho de mercado en el tema de la sedación y veamos clínicas destinadas a ayudar a morir, cosa que sigue siendo ilegal. Pero, quien malentienda esta ley la verá como una eutanasia encubierta.
¿Puede convertirse esta ley en una antesala a la regulación de la eutanasia?
No, creo que no. La ministra y el texto han dejado claro que la eutanasia se sigue quedando fuera. Las prácticas sanitarias para evitar el dolor en la etapa final de la vida ya se hacen, nadie ha sido obligado a morir con dolor hasta ahora y eso es de lo que habla esta ley.
¿Qué novedades introduce esta ley respecto a la anterior?
No son tantas, el 90% de lo que dice ya estaba regulado. Esta ley es una regulación de lo que ya se viene haciendo, aliviar el dolor al paciente terminal. Simplemente se le ha dado rango de ley básica a cosas que ya suceden y eso es valiente. Es una ley bienintencionada, pretende dar seguridad al personal sanitario.
¿Es este proyecto de ley un seguro legal para el personal sanitario?
Sí, es un respaldo para el profesional que actúa siguiendo la voluntad del paciente, aunque siempre lo haga guiado por los criterios profesionales y éticos.
Esta ley no propone ningún tipo de objeción al que se pueda acoger el personal sanitario...
No, porque la objeción de conciencia no es un derecho constitucional, aunque siempre se ha dado y se seguirá dando. Cualquier médico puede recurrir a su Comité Ético cuando tiene dudas o no es partidario de hacer algunas cosas. De todas formas, se entiende que no es necesario porque no cambia la manera de actuar del profesional.
¿En qué se verá beneficiado el enfermo en fase terminal?
No hay muchas novedades para los enfermos, son sobre todo para el personal sanitario.
El paciente tiene derecho a decidir sobre su tratamiento e incluso a suspenderlo, aunque eso le acelere la muerte y su voluntad prevalece sobre la de sus familiares, ¿Está la voluntad del paciente por encima de todo?
Sí, pero no en la muerte, decide sólo en el proceso asistencial. tiene derecho a decidir sobre el proceso en el que se le trata la enfermedad, pero no en cuestiones relativas a provocar o acelerar su muerte, eso sigue siendo ilegal.
Como experto en Derecho Sanitario, ¿haría cambios en la ley?
Sí, pediría la participación en su redacción final de los profesionales médicos y de enfermería de cuidados paliativos e intensivos. Con la participación del personal sanitario se podría regular mejor el punto sobre el derecho a la sedación.
¿No tiene nada que objetar?
Lo único que me preocupa sobre esta ley es la mercantilización que se pueda dar. Hay que tener mucho cuidado con que nadie utilice el derecho a la sedación para hacer negocio.