Carmen Tomás y Valiente, profesora de Derecho Penal de la Universidad de Valencia, participó ayer en Murcia en el XX Congreso de Derecho y Salud con la conferencia Decisión al final de la vida, en la que abordó los conflictos a los que se enfrentan los sanitarios cuando trabajan con pacientes terminales.

¿Cómo se resuelve un problema cuando el sanitario y los familiares no se ponen de acuerdo sobre qué hacer?

En España se acude muy poco a la vía judicial para resolver situaciones sanitarias cuando hay desacuerdo entre un médico y los familiares de un paciente, mientras que en el Reino Unido es más común acudir a los tribunales. Los casos más comunes suelen ser los relacionados con Testigos de Jehová, pero hay que recordar que existen comités de ética, que actúan como órganos consultivos, como paso previo a ir al juez.

¿La decisión de los padres tiene más peso en el caso de un niño?

Los padres nunca pueden obligar a un médico a actuar de forma contraria a su criterio, sobre todo porque hay ocasiones en las que tampoco tiene sentido.

¿A qué nivel se encuentra España en tratamientos paliativos y sedación?

En este ámbito ha habido un cambio de perspectiva en los últimos diez años, pero resulta muy difícil establecer la frontera entre la sedación lícita y la eutanasia activa. No obstante, ya se ve el tratamiento del dolor como un verdadero derecho del paciente.

¿Pueden ayudar a avanzar las últimas leyes autonómicas?

Las leyes de Andalucía, Navarra y Aragón consolidan el derecho del paciente a solicitar la sedación, aunque surgieron voces contrarias que llegaron a decir que con ellas se abría la puerta a la eutanasia activa.

Pero el suicidio asistido está incluido como delito en el Código Penal...

El suicidio asistido es un tema muy polémico y está prohibido por el Código Penal, que contempla de seis meses a dos años de prisión por la cooperación necesaria al suicidio y de uno a seis años por la causación activa de la muerte. Sin embargo, sólo existe una sentencia de un tribunal de Tarragona de 2009, cuando el Código es de 1996.

¿Esto quiere decir que no hay casos o que no se conocen?

Estoy convencida de que hay casos de suicidio asistido en nuestro país, y no son pocos. Pero no llegan a los tribunales porque se hacen en el ámbito privado y los propios familiares están conformes con la decisión y no denuncian.

¿Las autonomías deberían copiar de las comunidades que han sacado adelante estas leyes o se debería esperar a una norma nacional?

Hay un proyecto de ley nacional en el Congreso y que ha sido aprobado por el Consejo de Ministros. Pero hay ámbitos en los que las autonomías no pueden entrar, ya que las comunidades nunca podrían legalizar el suicidio asistido. Esto puede hacer que surjan problemas competenciales.

,¿Cómo se puede saber que se trata de una decisión libre y que el paciente no está influenciado por otras personas?

En Bélgica, Holanda y Luxemburgo, por ejemplo, se le da protagonismo a los médicos en los suicidios asistidos. Deben conocer al paciente, haber debatido con él las alternativas y recabar la opinión de un segundo médico. Tras el suicidio el médico debe enviar el expediente al órgano de control, que lo archiva si todo es correcto o lo envía al fiscal y al ministerio de Sanidad si detecta cualquier anomalía. La ventaja de este sistema es su gran confianza en la profesión médica.