La lucha por la utilización de un lenguaje no sexista es una de las señas de identidad de grupos feministas y de todos aquellos que consideran que la invisibilidad a la que la lengua castellana ha relegado a la mujer a lo largo de la historia ha sido una de las causas para su discriminación social. Estos argumentos han sido recogidos por las leyes en los últimos años y son la causa de que la Inspección de Trabajo pusiera en marcha una campaña especial para perseguir el lenguaje sexista en el ámbito laboral. Como parte de esta campaña la Inspección ha abierto un expediente al hospital Perpetuo Socorro de Cartagena por publicar en prensa un anuncio en el que decía: «Se busca farmacéutico hospitalario».

La notificación de la infracción ha llegado esta semana al hospital, donde han recibido la noticia con sorpresa y cierta indignación. «De todos los currículum que recibimos en su momento la mayoría eran de mujeres y sólo uno era de un hombre y además el trabajo finalmente fue para una mujer», afirma María José Conesa, jefa de Personal del centro hospitalario.

José Fuentes, jefe provincial de la Inspección de Trabajo, explicó a LA OPINIÓN que lo que el hospital ha recibido «es sólo un requerimiento», un aviso de que se ha infringido la ley. Fuentes dejó claro que en este caso no se va a tramitar ninguna sanción «puesto que es la primera vez que la empresa recibe un requerimiento y, además, ha quedado demostrado que no había ninguna intención de discriminación, de hecho finalmente han contratado a una mujer», argumenta el máximo responsable de la Inspección de Trabajo en la Región.

El hecho de que no vaya a haber denuncia no hace disminuir el enfado en el hospital. «Que nos digan que aquí discriminamos es increíble teniendo en cuenta que el 75% de la plantilla son mujeres y que de los 32 miembros del equipo directivo 28 son mujeres», se queja Conesa, que en los más de diez años que lleva en el departamento de personal del Perpetuo Socorro nunca había tenido que enfrentarse a algo así y tiene muy claro «que no es nada razonable sancionar un anuncio de este tipo porque el masculino engloba tanto a hombres como mujeres y no es discriminatorio».

Ley del Empleo

En este caso y en otros similares la Inspección de Trabajo aplica el artículo 2.a) de la Ley 56/2003, la Ley de Empleo, que establece que se debe «garantizar la efectiva igualdad de oportunidades y la no discriminación». Este artículo es en el que se ampara la Inspección para obligar a las empresas a que no hagan distinción de sexo en las ofertas que realicen para garantizar la igualdad de acceso.

La Inspección de Trabajo inició hace casi tres años en toda España una campaña especial para luchar por la igualdad efectiva en el ámbito laboral y una de las cuestiones que persiguen es el uso no discriminatorio del lenguaje. Desde entonces hay en la Región dos inspectoras que velan por cuestiones como que las mujeres no cobren menos que los hombres por realizar el mismo trabajo, o por que no se impida a las madres acogerse a derechos por maternidad como la reducción de jornada. El uso discriminatorio del lenguaje en anuncios de puestos de trabajo es otra de sus obligaciones. Carteles en los que se pide dependientas o limpiadoras sin incluir la posibilidad de que los hombres opten al empleo son otros ejemplos de anuncios que serían sancionables. Por el momento, la Inspección de Trabajo no tiene hecho un balance de los expedientes abiertos y sanciones impuestas por estas causas en los casi tres años de campaña especial. Este resumen podría estar listo para finales de año.

José Fuentes garantiza que «a ninguna empresa se la sanciona la primera vez que incumple este artículo de la Ley y que la inspección se limita a avisarles de que cometen una infracción. Las sanciones llegan cuando se trata de empresas reincidentes o cuando queda demostrada una intencionalidad de discriminación.

Por si acaso, María José Conesa ya ha tomado nota y, aunque no está de acuerdo con esta política, asegura: «La próxima vez no me pasará».