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AGENCIAS MURCIA/MADRID El ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas acordaron ayer limitar la venta de ciertos alimentos en las escuelas secundarias y retirar las maquinas expendedoras de alimentos y de bebidas de los centros de primaria con financiación publica. Esta son dos de las principales recomendaciones incluidas en el documento de consenso sobre alimentación en los centros escolares que aprobaron todas las comunidades autónomas en la reunión del Consejo Interterritorial del Servicio Nacional de Salud.
«No se trata de prohibir, se trata de no facilitar el consumo» de ciertos alimentos a los niños, dijo la ministra de Sanidad y Política Social, Trinidad Jiménez, quien subrayó el «gran avance en materia de prevención" de la obesidad infantil que supone este documento, una obesidad que afecta a un 7% de la población española de 2 a 17 años.
El documento, que se analizó ayer en la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, ha sido bien recibido en Murcia, aunque, como señaló la consejera María Ángeles Palacios, «llega tarde, porque la Comunidad Autónoma ya dispone de un decreto desde el pasado mes de mayo, el conocido como decreto de las ´chuches´, que prohíbe la venta de productos hipercalóricos en centros docentes no universitarios». La consejera de Sanidad de Murcia recordó que el decreto podría entrar en vigor ya en agosto, pero, no obstante, ha subrayado que "no será hasta septiembre cuando afecte a los colegios. No sólo hablamos de menús sino también de máquinas expendedoras con bebidas muy azucaradas",precisó.
Murcia no sólo cuenta ya con una normativa sobre la bollería en los colegios, sino que, además, es más restrictiva que la propuesta por el Ministerio. De hecho, la consejera Palacios hizo referencia a algunos de los criterios determinados por el Gobierno central y los calificó como «demasiado flexibles». Por ello, detalló que «el texto regional tiene en consideración y regula la ingesta de kilocalorías en función del peso de las piezas que puede ingerir el niño y no por porción envasada, como propone el Ministerio».
Grasas, azúcares y sal
En concreto, el documento del Ministerio fija unos límites en el contenido en grasas, azúcares y sal, que deberán cumplir los productos que se oferten en los centros educativos y que estén envasados, ya sea individualmente o en cajas. Por ejemplo, el valor energético máximo del producto será de 200 kilocalorías. Se establece un máximo de 0,5 g de sal (0,2 g de sodio). No podrán contener edulcorantes artificiales ni cafeína u otras sustancias estimulantes, excepto las presentes de forma natural en el cacao. Tampoco podrán contener ácidos grasos trans.
El documento aprobado ayer por el Ministerio y las CCAA también apuesta por reforzar el papel de los comedores escolares como servicios educativos complementarios a la enseñanza. Al respecto, establece que los menús deberán suministrar aportes alimentarios en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades nutricionales de los escolares en función de la edad escolar. Y establece un cuadro orientativo con la frecuencia aconsejada de consumo de los diferentes grupos de alimentos.
El documento también recomienda que el tiempo dedicado a las comidas no sea inferior a 30 minutos para que el alumnado pueda disfrutar de ellas de forma relajada. Al mismo tiempo se recomienda que el agua sea la única bebida que acompañe a las comidas y que, por ejemplo, se limite el uso de productos precocinados.
Para el decreto estatal aprobado ayer aún no se ha fijado fecha de entrada en vigor. En lo que respecta al decreto murciano, sin embargo, la consejería de Sanidad de Murcia ya ha iniciado contactos con los centros para que el próximo mes de septiembre, cuando comience el nuevo curso, todos los centros docentes no universitarios cumplan el decreto. La consejera, subraya, además, que «la dirección general de Salud Pública sancionará a todos los establecimientos ubicados en centros docentes no universitarios que incumplan el decreto autonómico».
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