La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una mujer a la que se le retiró la tutela de su marido, declarado incapaz, por tenerle "en situación de desamparo" y sin prestarle "la atención debida porque no convive con él". La Sala indica que el esposo fue declarado en situación de incapacidad por sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Cartagena en noviembre de 2008, y fue designada tutora del mismo su mujer.

La sentencia recoge que la psiquiatra que atiende al marido compareció en el Juzgado para comunicar que el incapaz se encuentra en situación de desamparo y que necesitaba atención de la tutora, que ésta no le prestaba. El tribunal alude como otro elemento que perturba el ejercicio de la tutela las malas relaciones existentes entre los esposos antes y después de la declaración de incapacidad.