EUROCOPA
SENTENCIA

Un siniestro al ir al ginecólogo no es laboral

 07:11  

El accidente de tráfico sufrido por una mujer embarazada cuando volvía al trabajo tras visitar a su matrona no tiene la consideración de laboral, según la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que confirma la dictada por la Sala de lo Social del TSJ de Murcia en septiembre de 2008. La sentencia del TS señala que esta mujer había ido a visitar a su ginecóloga con permiso de sus jefes, y al regresar a su puesto de trabajo sufrió el percance, por lo que solicitó que la baja fuese considerada como derivada de un accidente de trabajo. El Juzgado de lo Social número Uno de Murcia, en abril de 2008, le dio la razón, pero el TSJ, al estimar el recurso presentado por Ibermutuamur, anuló la sentencia anterior y absolvió a esta mutua. La accidentada acudió entonces a la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que ha confirmado la resolución del TSJ de Murcia.

  HEMEROTECA
Auditorio y Centro de Congresos de Murcia
La Caixa








  CONÓZCANOS:  CONTACTO |  LA OPINIÓN DE MURCIA |  LOCALIZACIÓN     PUBLICIDAD:  TARIFAS |  CONTRATAR  
laopiniondemurcia.es es un producto de Editorial Prensa Ibérica
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de laopiniondemurcia.es. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.
 


  Aviso legal
  
  
Otros medios del grupo Editorial Prensa Ibérica
Diari de Girona  | Diario de Ibiza  | Diario de Mallorca | El Diari  | Empordà  | Faro de Vigo  | Información  | La Opinión A Coruña  |  La Opinión de Granada  |  La Opinión de Málaga  | La Opinión de Tenerife  | La Opinión de Zamora  | La Provincia  |  La Nueva España  | Levante-EMV  | Mallorca Zeitung  | Regió 7  | Superdeporte  | The Adelaide Review  | 97.7 La Radio  | Blog Mis-Recetas  | Euroresidentes  | Lotería de Navidad | Oscars | Premios Goya