El grupo empresarial Polaris World ha solicitado al juzgado un plazo de tres meses para seguir negociando su deuda y evitar así la declaración del concurso de acreedores -antigua suspensión de pagos-. En caso de que el juzgado acepte la petición de la sociedad -recogida en el artículo 5.3 de la Ley Concursal- ninguno de los acreedores podrá solicitar la intervención judicial durante ese período de tres meses.

Pasado ese tiempo, sin embargo, la empresa tendría la obligación de declararse en suspensión de pagos en caso de no haber logrado una resolución amistosa de su situación de endeudamiento. Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia informaron ayer de que Polaris presentó la solicitud el lunes 22 de diciembre en el decanato de los juzgados. Ayer, tras el correspondiente proceso de reparto, la decisión recayó sobre el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia.

El artículo 5.3 -que fue reformado el pasado 22 de marzo y al que ya se han acogido otras constructoras, como Nozar y Proinsa- establece que la declaración del concurso de acreedores "no será exigible al deudor que, en estado de insolvencia actual, haya iniciado negociaciones para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio y, dentro del plazo establecido en el apartado 1 de este artículo, lo ponga en conocimiento del juzgado competente para su declaración de concurso". El pasado mes de junio, la empresa presidida por José Luis Hernández ya comunicó que estaba negociando con sus principales acreedores -por orden de importancia de la deuda: Bancaja, Caja de Ahorros del Mediterráneo, Banco Popular, Banco de Valencia y un consorcio formado por Caja Madrid, Cajamurcia y el Banco Pastor- una forma de cancelar su deuda. En concreto, según informó entonces la compañía, Polaris trataba de reducir su deuda a cambio de ceder parte de sus activos a las entidades acreedoras.

En la práctica, esto significaría que la banca pasaría a ser propietaria de un porcentaje de los seis complejos residenciales que Polaris posee en la Región. La empresa, por su parte, conservaría la comercialización de los apartamentos y la gestión de sus complejos hoteleros.

En caso de que el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia permita a Polaris acogerse a esta herramienta prevista en la última modificación de la Ley Concursal, la empresa dispondría de un colchón de tres meses para continuar con la negociación. "Transcurridos tres meses de la comunicación al juzgado -prosigue el texto legal-, el deudor, haya o no alcanzado las adhesiones necesarias para la admisión a trámite de la propuesta anticipada de convenio, deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes siguiente".