AGENCIAS
La Audiencia Provincial de Murcia condenó a una empresa agrícola a devolver los 12.000 euros que un comprador le entregó a cuenta por la cosecha de uva porque ésta se perdió por circunstancias climáticas adversas, y no porque aquél se retrasara en su recogida.
En una sentencia a la que tuvo acceso la Agencia Efe, la sección cuarta de la Audiencia confirma la dictada por el juzgado de Primera Instancia número 4 de Totana en enero de este año, que estimó la demanda presentada por la sociedad anónima Las Cabezuelas contra la limitada Agrícola Casa Esparteña. El juzgado de Totana, como ahora hace la Audiencia, declaró resuelto el contrato de compraventa de la uva, concertado en agosto de 2006, y condenó a la empresa demandada a devolver a la compradora los 12.000 euros entregados a cuenta.
La sala considera que el riesgo de la pérdida de la fruta ha de asumirlo la empresa vendedora, al no haber probado ésta que se debiera a que la compradora se retrasó en recolectarla. Afirmó la Audiencia que a lo largo de la tramitación de esta causa quedó acreditado que aquel año hubo circunstancias climáticas adversas que afectaron a la fruta y que incluso determinaron la concesión de ayudas oficiales a los agricultores afectados. Al desestimar el recurso de Agrícola Casa Esparteña, la sala le impone también el pago de las costas.