La sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia acogerá el próximo luens la primera vista del proceso que emprendió una cartagenera contra el Servicio Murciano de Salud (SMS) porque los médicos no diagnosticaron la anomalía que sufría el bebé que llevaba en su vientre hasta la semana número veinte de gestación.

Fue en el Hospital Santa Lucía de Cartagena cuando a la mujer, de nombre Antonia, le dijeron que el hijo que esperaba sufría una anomalía. En concreto, un problema en el cerebro. El término médico exacto es agenecia completa del cuerpo calloso.

La mujer, finalmente, interrumpió su embarazo en Madrid. Lo tuvo que hacer allí porque (tal y como denuncia a través de la asociación, Women´s Link Worldwide, que brinda apoyo a la demandante) en la Región de Murcia «ningún hospital público de Murcia quiso realizarlo», una situación que «se repite a lo largo de la geografía española».

Fue al saber que su bebé carecía de la estructura que comunica los dos hemisferios del cerebro cuando la mujer decidió abortar, y tardó siete semanas más en poder hacerlo. Tras someterse a la interrupción del embarazo el 1 de diciembre, diez días después el hospital público de Cartagena le negó la revisión posparto, siempre según la versión de la mujer.

«Ella lo que siempre ha buscado es que otras mujeres no tengan que pasar por lo mismo, que se garantice un aborto digno», subraya Teresa Fernández Paredes, abogada de la demandante.

Lo que quieren con este proceso es que «se reconozca la vulneración grave de derechos» de Antonia. Asimismo, solicitan que el SMS indemnice a la mujer por el desgaste y daño, tanto físico como moral, que este proceso ha dejado en ella. La cantidad económica, la que considere el juez.

En la audiencia del lunes en Murcia se procederá a la práctica de la prueba, y declararán los peritos que presentan ambas partes. A los días, tendrán lugar las conclusiones finales y el procedimiento quedará entonces visto para sentencia.

Apostilla la letrada que "durante las semanas que Antonia y su pareja se dedicaron a recabar la información necesaria sobre el estado del feto en la sanidad privada -dado que la sanidad pública les denegó este derecho pese a ser su obligación- la situación emocional y psicológica en que se encontraba la mujer era muy inestable".

"No cabe duda alguna de que los hechos del caso se configuran como un supuesto de discriminación interseccional en el que confluyen diferentes factores de exclusión como sexo, género, condición psicofísica y condición socio-económica. Ello es más grave aún en países como España que cuenta con un marco normativo extenso que regula y reconoce los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y su acceso a la IVE en determinados casos", considera la representa legal de la víctima.