La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por el centro médico privado de Cartagena 'V.C., S.L.' contra la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de esta última ciudad que lo condenó a indemnizar al hijo de una paciente por los daños que produjo a esta por el retraso de un mes en el diagnóstico y tratamiento de un cáncer de mama.

La sentencia de la Audiencia, que no recoge la cuantía de la indemnización, señala que la demanda fue presentada inicialmente por la propia enferma, y que al fallecimiento de esta, las actuaciones siguieron a instancias de su hijo.

La resolución judicial señalaba que hubo una pérdida de oportunidad con esa demora, por lo que la misma debía ser resarcida mediante la indemnización correspondiente.

La sentencia fue recurrida por el hijo, que reclamó que el perjuicio sufrido se ampliara hasta varios meses atrás, cuando se llevó a cabo otro acto médico que también consideraba indemnizable.

También fue apelada por el propio centro médico, que aseguró que no había existido mala praxis, por lo que pidió la revocación de la sentencia.

La Audiencia ha desestimado ambos recursos, al considerar ajustada a Derecho la sentencia combatida.