La Guardia Civil ha detenido a un individuo, de 56 años y nacionalidad española, vecino de Cartagena, tras ser interceptado en la vía rápida de La Manga cuando conducía un furgón en sentido contrario y triplicando la tasa máxima de alcohol, en la carretera RM-12, en el término municipal de Cartagena.

Al arrestado se le atribuye la presunta autoría de los delitos de conducción temeraria y conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

En el marco de los servicios de vigilancia de la seguridad vial desarrollados con motivo de la Operación Especial de Tráfico del Puente del 15 de agosto de la Dirección General de Tráfico (DGT), la Central Operativa de Servicio de Tráfico (COTA) de la Benemérita fue alertada de que un vehículo circulaba en sentido contrario al establecido por la carretera desdoblada RM-12 (AP-7-La Manga del Mar Menor), haciéndolo sentido La Manga del Mar Menor por la calzada reservada para el sentido AP-7-Cartagena.

Varias patrullas de la Agrupación de Tráfico se movilizaron e interceptaron al vehículo en la RM-12 a la altura de Cabo de Palos, después de haberse incorporado a la calzada en sentido contrario al establecido, recorrer varios cientos de metros de forma irregular y ocasionar un accidente de circulación con otros dos vehículos, afortunadamente sin heridos aunque generó un colapso circulatorio debido a la densidad de tráfico procedente de las zonas de playa.

La Guardia Civil restableció la seguridad de la circulación e identificó al conductor, que aparentaba claros signos de hallarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, por lo que fue sometido a las preceptivas pruebas, en las que arrojó los resultados de 0,70 y 0,68 miligramos de alcohol por litro de aire, respectivamente en ambos test obligatorios, casi el triple de la tasa máxima permitida, que es de 0,25 mg/litro.

Así, se procedió a su detención como presunto autor de sendos delitos contra la seguridad vial, uno por conducción temeraria y otro por conducir bajo la influencia de alcohol, siendo puesto a disposición del Juzgado de Instrucción número 3 de Cartagena para la celebración de juicio rápido. Asimismo, el vehículo que conducía fue retirado por un conductor habilitado y se encuentra a disposición de la misma autoridad judicial.

El detenido, debido a la elevada tasa de alcoholemia que presentaba, se encontraba totalmente desorientado e incapacitado para la conducción, por lo que, pese a la existencia de la doble señalización de prohibición existente, accedió a la carretera RM-12 procedente de la urbanización Playa Honda en sentido contrario al establecido, con el propósito de dirigirse a Cabo de Palos, cruzándose en un principio con varios vehículos, que afortunadamente pudieron esquivarlo y evitar la colisión.

Sin embargo, recorridos varios cientos de metros y al apercibirse de su irregular conducción trató de realizar un cambio de sentido para circular correctamente, lo que dio lugar a que interceptara la trayectoria de otros dos vehículos que, para evitar empotrarse con el causante colisionaron por alcance entre ellos.

El delito de conducción temeraria se encuentra recogido en el Código Penal y puede ser castigado con penas de prisión de 6 meses a 2 años y privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 6 años.

Por su parte, conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas lleva aparejadas penas alternativas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en todo caso, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

En los casos de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas o presencia de drogas en el organismo, los vehículos afectados son inmovilizados por la Guardia Civil hasta que sus conductores se encuentren en condiciones de proseguir viaje, una vez que hayan rebajado el nivel de alcoholemia dentro de los límites permitidos o desaparecida la presencia de las drogas.

También se pueden hacer cargo de los mismos otros conductores que se encuentren habilitados, con la realización de las pruebas previas oportunas, como en este caso.

Ante la elevada peligrosidad que supone la circulación por autovía en sentido contrario al habitual, la Guardia Civil quiere apelar a la colaboración ciudadana para que tan pronto como detecten una de estas situaciones avisen urgentemente a los teléfonos '1-1-2' (emergencias) o '062' (Guardia Civil), como ha ocurrido en este caso, permitiendo interceptar al infractor antes de que se produjera algún accidente.

Además, se aconseja que, siempre que sea posible y salvo para realizar adelantamientos, se utilice el carril derecho de la calzada de las autopistas y autovías, ya que, quienes conducen en sentido contrario por este tipo de vías suelen utilizar el carril izquierdo al creer que circulan por una carretera convencional dotada de un carril para cada sentido.

La Benemérita sigue reiterando su mensaje a aquellos conductores que de forma imprudente y temeraria, a pesar de las campañas y advertencias de la DGT, conducen después de haber bebido o tomado drogas.

Recuerda que, sin perjuicio de la sistemática realización de controles preventivos ordinarios o especiales, se practicarán las preceptivas pruebas de alcoholemia y drogas a todos los conductores que sean denunciados por la comisión de infracciones, implicación en accidentes o aquellos otros en que se detecte su consumo en el curso de otras actividades de vigilancia e inspección que se lleven a cabo, intensificándose durante en los últimos días del verano y en las próximas Fiestas de Septiembre de Murcia, Cartagineses y Romanos de Cartagena, Feria de Lorca y otras celebraciones populares.

Estos dispositivos tienen la finalidad de concienciar a los ciudadanos de la incompatibilidad de estas sustancias con la conducción, dada la merma de reflejos y capacidades que para el control de los vehículos suponen, y garantizar así la seguridad vial en nuestras carreteras, evitando la producción de accidentes de circulación y las graves consecuencias, que como en este caso pudieran haber acarreado, apelando al empleo de medios de transporte colectivos o fórmulas alternativas para estos desplazamientos que no sean ponerse al volante en estas condiciones, sobre todo por parte de los conductores más jóvenes.

SEGUNDO CASO DE CONDUCCIÓN TEMERARIA DE 2017

Se trata del segundo caso de conducción temeraria en sentido contrario al establecido y bajo la influencia de alcohol o drogas detectado por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil durante 2017.

El primero tuvo lugar el pasado 14 de abril, en la madrugada del Viernes Santo, en el que resultó detenido el conductor de un turismo que circuló durante unos 500 metros en sentido contrario por la autovía A-7 (Algeciras-Barcelona), proximidades del túnel de Lorca, ocasionando un accidente con heridos y cuadruplicando la tasa de alcoholemia.

Asimismo, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil recuerda que durante la próxima semana, del 21 al 27 de agosto, se va a realizar una campaña especial de control de velocidad, enmarcada en el calendario establecido por la DGT.

El objetivo es la reducción de la siniestralidad derivada de la velocidad excesiva o inadecuada y las graves consecuencias lesivas que acarrea.