La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un vecino de Cartagena contra la orden de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación de marzo de 2012, en la que se aprobaron las nuevas tarifas del servicio de agua potable de la ciudad portuaria.

La demanda fue planteada, según se recoge en la sentencia dictada por el TSJ, contra la Comunidad Autónoma y, como codemandadas, contra el Ayuntamiento cartagenero y contra la empresa Hidrogea Gestión Integral del Agua.

Para el demandante, la orden recurrida era nula de pleno derecho «por lesionar derechos y libertades, por haber sido dictada prescindiendo del procedimiento legalmente establecido y porque las tarifas debieron haber sido aprobadas por el propio Consistorio».

La Comunidad Autónoma y las codemandadas se opusieron a la estimación del recurso planteado por el vecino y alegaron, entre otras consideraciones, que había sido presentado fuera de plazo y que el demandante carecía de legitimad para entablarlo, según el fallo judicial.

Ahora, la Sala del TSJ ha rechazado esas alegaciones y, entrando en el fondo del asunto, desestima declarar la nulidad de la orden recurrida.

Así, comenta el tribunal en su decisión, la orden estuvo ajustada a Derecho, de modo que mantiene su legalidad.