El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región ha desestimado los recursos de reposición interpuestos por el Ayuntamiento de Cartagena y por la Comunidad Autónoma contra el auto de 17 de febrero, que anulaba el acuerdo del pleno municipal cartagenero para someter a información pública la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

En dicha resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se estimó el incidente de ejecución de sentencia promovido por CECOP S.A. y se declaró la nulidad -por tener un contenido contrario al fallo de esta Sala- del acuerdo del pleno del Ayuntamiento.

La sentencia de esta sala, confirmada en 2016 por el Tribunal Supremo, estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Emasa S.A. contra la Orden de la Consejería de Obras Públicas de 29 de diciembre de 2011, relativa a la revisión del Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena.

En el fallo de la sentencia se declaró la nulidad de dicha Orden, así como de la revisión del citado Plan General.

La desestimación del recurso vuelve a determinar que la única solución para contar con un Plan General válido es la su nueva elaboración, aunque contra el auto que resuelve los recursos de reposición cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Reacción municipal

La valoración del Gobierno local no se hizo esperar, aunque un portavoz municipal recalcó que «el alcalde no conoce la resolución, puesto que no ha sido notificada al Ayuntamiento». Así, la misma fuente añadió que el regidor «no puede efectuar ninguna valoración sobre la resolución».

De hecho, un representante municipal acudió ayer al tribunal, que le confirmó que no podía notificarse la resolución «porque no está firmada por todos los magistrados». Las fuentes citadas indicaron que el Ejecutivo local estudia «elevar una queja por esta anormal forma de notificación».

Sobre la posibilidad de interponer recurso ante el Supremo, el alcalde, «como responsable político de las actuaciones que aconsejan e informan los técnicos y servicios municipales adoptará la solución jurídica técnica que proceda».