La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso que un vecino de Cartagena presentó contra la sentencia de un Juzgado de Instrucción que lo condenó por amenazar con su coche a una vecina que poco antes había discutido con su hermana. El Juzgado declaró probado que después de la discusión, la hermana llamó al denunciado para contarle lo ocurrido, y fue entonces cuando siguió a la otra mujer, en el momento en que esta se dirigía a formular una denuncia. El acusado puso su vehículo inmediatamente detrás del que conducía la denunciante. La sentencia, ratificada ahora, lo condenó a la pena de multa de 270 euros como autor de un delito leve de amenazas. La sala estima que «es indudable que las maniobras con el vehículo son susceptibles de generar temor e intranquilidad a la persona a la que fueron dirigidas».