El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha dictaminado en contra de estimar la reclamación presentada por un paciente que exigió una indemnización tras exponer que había sufrido un accidente al resbalar en el baño de la habitación que ocupaba en el hospital Santa Lucía de Cartagena.

El dictamen de este órgano consultivo señala que el percance, según recogía el afectado en su demanda, se habría producido al sufrir un resbalón debido a que el suelo del baño de su habitación estaba mojado.

Añadía también el reclamante en su escrito que el suceso le produjo la rotura de las gafas, por lo que reclamó los casi trescientos euros que le costó reponerlas.

En su veredicto, dice el CJRM que «de todo lo informado no se comprende si el paciente adoptó la decisión de ducharse con las gafas puestas, o cuál era el lugar en el que estaban depositadas cuando cayeron al suelo». Asimismo, el Consejo Jurídico de la Región concluye que, «en cualquier caso, el mero hecho de la ducha ya implica un riesgo, como la experiencia indica, y exige una especial diligencia por el usuario».

Además, el órgano consultivo añade que «frente a las anteriores incertidumbres, existe el hecho objetivo de que el personal sanitario firmante del informe no puso el accidente en conocimiento de la empresa concesionaria del servicio de mantenimiento». El informe concluye que «se comprobó durante la instrucción del expediente que el desagüe de la ducha funcionaba correctamente».