La sección 5ª de Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, ha condenado a un hombre con una minusvalía psíquica del 33 por ciento a un año y un día de prisión por realizar tocamientos a un niño de 10 años en un parque en abril de 2015.

El fallo, que ha sido dictado tras la conformidad de las partes, considera probado que el condenado se dirigió al niño y, tras decirle que era masajista y con ánimo libidinoso, comenzó a tocarle en el abdomen, ombligo y genitales, al tiempo que le preguntaba por el colegio al que iba, las notas que sacaba y donde vivía.

El menor le dijo al acusado que parase o avisaría a su hermana, por lo que el acusado se marchó, si bien volvió cinco días más tarde al mismo lugar, por lo que el menor llamó a sus padres, que alertaron a la Policía.

El informe médico forense ha estipulado que el acusado, que tiene reconocido por el IMAS una minusvalía del 33 por ciento, conoce la diferencia entre el bien y el mal pero su bajo cociente intelectual y su falta de habilidades sociales le impiden comprender las consecuencias derivadas de sus actos, por lo que su capacidad de juicio se encuentra severamente alterada.

Por ello, la sentencia estima la eximente de alteración mental para imponer una pena de 1 año y 1 mes de prisión por un delito de abusos sexuales, la obligación de participar en programas de educación sexual y la prohibición de aproximarse y comunicarse por cualquier medio con el niño durante tres años y seis meses.