La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la sentencia de un Juzgado de Instrucción de Cartagena que condenaba a una mujer a pagar una multa de 180 euros por usurpar sin derecho la vivienda de su exmarido.

La sentencia de la Audiencia señala que la denunciada no cometió infracción penal alguna, ya que se limitó a continuar residiendo, junto con sus hijas, en la vivienda que había sido común hasta el momento de la separación matrimonial.

La mujer «no entró en la vivienda por la fuerza, ni contra la voluntad de su actual propietario, Bankia Habitat, que no acudió al requirimiento voluntario de desalojo ni entabló un juicio posessorio, por la vía civil», recalca la Audiencia.