La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha estimado el recurso presentado por la Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba del Puerto de Cartagena (SESTICARSA) y ha declarado procedente el despido de un trabajador por los incidentes ocurridos en 2006, en los que se llegó a encerrar al gerente.

La sentencia del TSJ, a la que ha tenido acceso Efe, estima así el recurso que SESTICARSA presentó contra la dictada por un Juzgado de lo Social de Cartagena, que admitió la demanda del trabajador y declaró la improcedencia de su despido.

Así mismo, se condenaba a su readmisión o al pago al demandante de una indemnización de 179.000 euros.

La Sala rebate lo argumentado por el Juzgado, que consideró que la Sociedad Estatal había incumplido la obligación de, antes de imponer la sanción, comunicar el pliego de cargos al trabajador y al comité de empresa.

Y añade que "tal garantía se ha cumplido, pues consta la comunicación personal del pliego de cargos que el mismo se negó a recibir el 23 de febrero de 2013, y desde tal fecha, transcurrieron con exceso los tres día de que disponía para presentar el pliego de descargos".

Comenta igualmente la Sala que el despido del apelado, que era representante de los trabajadores, fue procedente, sin que tenga derecho a percibir de la empresa cantidad alguna por salarios de tramitación.