La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de un vecino de Cartagena contra la sentencia de un Juzgado que estimó la demanda presentada por su exmujer y accedió a que el hijo común cambiara de colegio al incumplir el padre su compromiso de recogerlo a mediodía y comer con él.

La sentencia señala que se demostró que el apelante incumplía aquel compromiso, hasta el punto de que el menor tenía que acudir al comedor escolar, ya que su padre no lo recogía para comer juntos y luego devolverlo a la escuela.

En su descargo, el padre alegó que el curso pasado no pudo cumplir el acuerdo porque él mismo seguía estudios que se lo impedían, y, en otras ocasiones, por razones de su trabajo. La sala rechaza sus alegaciones y mantiene la sentencia dictada por el juzgado cartagenero.