La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Cartagena que, en diciembre pasado, lo condenó a seis meses de cárcel por abofetear a su exesposa al comprobar que ésta había cambiado la cerradura de la casa de la playa.

El fallo señala que el Juzgado declaró probado que los hechos ocurrieron en esa vivienda y que se iniciaron cuando ella se presentó en la casa, propiedad de ambos y uso compartido, con un cerrajero al objeto de poder acceder a su interior, «por lo que al llegar el acusado y observar el cambio de cerradura, surgió una fuerte discusión entre ambos, de la que fue testigo la actual pareja de ella».

En el transcurso del incidente, el hombre propinó a su expareja una bofetada en el rostro, mientras que ella, que también fue sometida a juicio por estos hechos, profirió contra él palabras insultantes, además de decirle que iba a ir todos los días a la vivienda para fastidiarlo.

La sentencia, que ahora se ve ratificada, condenó al acusado a seis meses de prisión por un delito de malos tratos en el ámbito familiar, y a ella, por un delito de injurias, a quince día de localización permanente.