La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que el ayuntamiento de Cartagena presentó contra el auto de un Juzgado de esta segunda ciudad que lo condenó al pago inmediato de 200.000 euros a la empresa que se ocupa del mantenimiento de las zonas arqueológicas.

La sentencia, señala que el Juzgado de lo Contencioso estimó la medida cautelar positiva instada por la empresa "M.C.A, S.L." y condenó al consistorio cartagenero al pago de la suma reclamada, correspondiente a cinco facturas que le adeudaba.

Dice la sala que el ayuntamiento cumplió el contrato que lo unía a la empresa hasta el año 2014, cuando, en octubre de este año, los servicios municipales devolvieron cinco facturas "que se habían presentado al cobro debidamente autorizadas y aprobadas por el técnico municipal y por el concejal delegado del ramo".

Díez días después, la empresa presentó la documentación que le había sido reclamada y, al mismo tiempo, formalizó un escrito de intimidación para reclamar el pago de las cantidades adeudadas, por un valor conjunto cercano a los 200.000 euros, incluidos los costes de cobro.

Al transcurrir treinta días sin hacerse efectivo el pago, se planteó el oportuno recurso administrativo, en el que se solicitó así mismo, como medida cautelar el pago inmediato de la deuda que se reclamaba, solicitud esta ultima que fue aprobada por el Juzgado de lo Contencioso a través de un auto que fue apelado por el consistorio ante el TSJ.

La Sala, que condena en costas al ayuntamiento, respalda la resolución judicial y dice que existen indicios que determinan la apariencia de buen derecho en la reclamación hecha por la demandante, sin perjuicio de lo que se pueda resolver en el futuro cuando se entre en el fondo del asunto.