La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Social de Cartagena que consideró procedente el despido de la empleada de un establecimiento por apoderarse de un frasco de cosmético. La sentencia señala que en este caso tiene especial relevancia una sentencia anterior, que condenó a esta trabajadora como autora de una falta de hurto tras declarar probado que había cometido la sustracción de este artículo. Y añade que el hurto tiene gravedad suficiente para justificar el despido de la apelante. Señala también su conducta es constitutiva de una falta muy grave, según el convenio colectivo del sector, por lo que ratifica la procedencia del despido.