La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la sentencia de un Juzgado de Instrucción de Cartagena que condenó a una mujer como autora de una falta de injurias por haber difundido por una red social que su expareja era el padre del hijo que esperaba y que este había pedido que la golpearan para que abortara.

La sentencia señala que la absolución ha sido acordada porque tras la reforma del Código Penal la falta de injurias leves ha quedado despenalizada. Por su parte, el juez de Instrucción, declaró probado que la denunciada, «venía injuriando al denunciante, tanto por mensajes de texto como por la red social Facebook, diciendo que él era el padre del hijo».